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Accidentes Personales

Seguro de Accidentes Personales anual, renovable. Tiene como beneficio adicional el restablecimiento automático de valores asegurados.

Accidentes son hechos: externos, violentos, ajenos a la voluntad de quien lo sufre y provocan lesiones corporales.

Cubre las 24 horas del día, los 365 días del año y en cualquier lugar del mundo.


18 a 70 años (Es posible fijar otros límites, consultar)


• Muerte y/o Desmembración Accidental
• Invalidez y/o Desmembración Accidental
• Invalidez y/o Desmembración por Enfermedad
• Gastos Médicos por Accidente
• Renta Diaria por Hospitalización por Accidente



Suicidio o tentativa de suicidio

Uso de vehículos aéreos o artefactos aéreos en calidad de piloto, estudiante, mecánico o miembro de la tripulación.

Actos de guerra interior o exterior, revolución, rebelión, asonada o actos violentos motivados por conmoción social.

Prestación de servicio militar, naval, aéreo o de policía.

Fisión o Fusión nuclear o radioactividad, sea en forma directa o indirecta.

Hernias de cualquier clase

Lesiones o muerte a consecuencia del ejercicio de una ocupación o actividad deportiva distintas a las declaradas en la Solicitud de Seguro, salvo que el asegurado lo haya notificado por escrito a Equivida.

Personas jurídicas o grupos afines con un mínimo de 25 personas.


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